El incumplimiento de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y el consentimiento del Estado (Conferencia y coloquio)

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Los profesores Martínez Lago, De La Hucha Celador y Antón Pérez antes del comienzo del acto

 

El pasado viernes, 27 de febrero, Fernando de la Hucha Celador pronunció su conferencia, seguida de posterior debate, sobre el incumplimiento de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y el consentimiento del Estado, actividad enmarcada en los trabajos del Grupo de Investigación de la UCM sobre Equilibrio y Disciplina Presupuestaria (“EQUIDISPRES”) y respaldada por los proyectos de I+D+i financiados por el Ministerio de Economía y Competitividad (DER2012-37921-C02-01 y DER2012-37921-C02-02).

Desde aquí puede, si lo desea, acceder al audio completo de la Conferencia del profesor De La Hucha y también al coloquio posterior.

La Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: Naturaleza, función y principios generales. Instrumentación de las reglas numéricas

MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ LAGO. Catedrático de Derecho Financiero Universidad Complutense de Madrid.

SUMARIO:

1. Introducción.–2. La constitucionalización del principio de estabilidad presupuestaria.–3. El mandato del artículo 135 de la Constitución para el legislador del Estado y de las Comunidades Autónomas. A) Naturaleza de la Ley Orgánica de desarrollo de la reforma constitucional; B) Relaciones de la Ley Orgánica 2/2012 con los Estatutos y las leyes emanadas de las Asambleas Legislativas autonómicas.–4. Ámbito de aplicación y principios enunciados por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: A) Ámbito de aplicación; B) Principios generales: a) Estabilidad presupuestaria; b) Sostenibilidad financiera; c) Plurianualidad; d) Transparencia; e) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos; f) Responsabilidad; g) Lealtad institucional.–5. Reglas numéricas que instrumentan los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera: A) Límite de déficit estructural; B) Regla de freno al gasto público y aplicación de mayores ingresos que se obtengan; C) Límite del volumen de deuda pública y autorización estatal; D) El período transitorio.–Bibliografía.

RESUMEN. En este trabajo se considera, en primer término, cómo ha tenido lugar, en nuestro ordenamiento jurídico interno, la constitucionalización del principio de estabilidad presupuestaria. Después se analiza la naturaleza y función que desempeña la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como el sentido de cada uno de los principios que contiene. Al final se observa la instrumentación de las reglas numéricas de déficit estructural, de freno al gasto público y sobre el volumen de deuda pública, tanto para la situación definitiva, como para el periodo transitorio.

Enlaces:

X Encuentros Técnicos de los Órganos de Control Externo Autonómicos

Los días 23 y 24 de mayo se han celebrado en Sevilla los X Encuentros Técnicos de los OCEX. Dejamos enlaces a los diferentes grupos de trabajo que se organizaron, así como a las conclusiones alcanzadas por los mismos.

GRUPOS DE TRABAJO

1 La contribución de los OCEX a la transparencia en la gestión pública
2 La calidad de los informes de los OCEX
3 El control externo en el marco de la estabilidad presupuestaria y lasostenibilidad financiera
4 Control y evaluación de las políticas públicas
5 Experiencias prácticas de los OCEX en nuevos ámbitos de fiscalización

CONCLUSIONES

1 La contribución de los OCEX a la transparencia en la gestión pública
2 La calidad de los informes de los OCEX
3 El control externo en el marco de la estabilidad presupuestaria y lasostenibilidad financiera
4 Control y evaluación de las políticas públicas
5 Experiencias prácticas de los OCEX en nuevos ámbitos de fiscalización